Equivalencias 2024

SOLICITUD DE EQUIVALENCIAS 2024

¿Qué es una equivalencia?

Es cuando un estudiante ha cursado y aprobado una materia en otro instituto, y solicita se le reconozca para ser homologada en este Instituto. De aprobarse la solicitud la misma puede ser Total o Parcial.

La solicitud de equivalencia está regulada por la Resolución 1639/17, la cual indica:

Para solicitar la acreditación por equivalencia el estudiante deberá:

  • Solicitar mediante nota firmada al realizar la inscripción en la secretaría del instituto, según el calendario de actividades docentes, el reconocimiento de equivalencias, aprobadas en la misma institución o en otra institución educativa, de estudios superiores reconocidos oficialmente, que integran el plan de estudios o diseño curricular de la carrera en la que solicita el ingreso.
  • La solicitud se realizará sobre la totalidad de las unidades curriculares o materias que integran el plan de estudio o diseño curricular de la carrera o plan de estudios al que se solicita ingresar.
  • La solicitud se resolverá junto con la matriculación y con anterioridad al inicio del ciclo lectivo, y siempre antes de la fecha de inscripción e inicio de las cursadas.
  • Se deberá acompañar la solicitud con el certificado de estudios realizados y el/los programa/s, en el/los que conste carga horaria, contenidos y bibliografía, de la/las unidad/es curricular/es en el/las que solicita equivalencia. La documentación deberá estar debidamente certificada.

¿Cómo inicio la solicitud?

Para solicitar la equivalencia deberá presentar (de forma impresa) entre el 18 y el 20 de marzo de 2024:

  • FORMULARIO 1 “Solicitud de equivalencias por asignatura” (se encuentra al finalizar este instructivo) Se debe completar un formulario por cada unidad curricular en la que solicita equivalencia.
  • El programa de la materia a reconocer, certificado por la institución donde lo cursó.
  • El analítico completo o incompleto según corresponda.

Una vez realizada la solicitud será analizada y se notificará al alumno/a de la disposición correspondiente.

Las equivalencias en caso de ser otorgadas podrán ser totales o parciales. En caso de las equivalencias parciales acordará con el/la docente la modalidad de acreditación total y deberá ser resuelta antes del 31 de octubre del ciclo lectivo correspondiente. En caso de no acreditar el/la estudiante deberá cursar la unidad curricular en el ciclo lectivo siguiente.

Las/os alumnas/os deberán cursar la Unidad Curricular cuya aprobación solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.

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